Normativa académica

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Normativas específicas FIB-GEI

Normativa académica del grado, que contiene las normativas de:

Otras normativas específicas FIB-GEI

 

Evaluación curricular

Todas las asignaturas del plan de estudios están organizadas en bloques curriculares. Cuando un estudiante ha cursado todas las asignaturas de un determinado bloque curricular se realiza la evaluación curricular del bloque para aquel estudiante. La responsabilidad de esta evaluación es de la Comisión de Evaluación Curricular (una Comisión diferente para cada bloque). Es esta Comisión quien decide si el estudiante ha superado o no el bloque.

Bloques curriculares

El Grado en Ingeniería Informática se organiza en tres bloques curriculares:

  • Fase Inicial: Está formado por las 8 asignaturas obligatorias que constituyen los dos primeros cuatrimestres de la titulación (F, FM, IC, PRO1, EC, M1, M2 i PRO2).
  • Obligatorias Comunes: Está formado por las asignaturas obligatorias de la titulación que no forman parte de la Fase Inicial (PE, BD, SO, EDA, CI, EEE, IES, XC, PROP, AC, PAR, IDI).
  • Evaluación Final: Está formado por todas las asignaturas no incluidas en los bloques anteriores. Forman parte las asignaturas de las especialidades, las asignaturas optativas y el Trabajo de Fin de Grado.
     

Aspectos generales de la Evaluación curricular

La Comisión de Evaluación Curricular de cada bloque es responsable de la evaluación curricular de todos los estudiantes que han cursado todas las asignaturas del bloque. Las Comisiones de Evaluación Curricular son soberanas en cuanto a los criterios aplicados, y tienen en cuenta las características específicas de las diferentes promociones y los actos de evaluación. Las Comisiones de Evaluación Curricular se reúnen al final de cada cuatrimestre.

Para cada estudiante evaluado de un bloque curricular, el resultado de la evaluación indicará si el estudiante ha superado el bloque o no.

Si el estudiante supera el bloque, las asignaturas suspendidas con nota superior a 4 pasan a tener una calificación numérica de 5.0, y una valoración de Aprobado. El estudiante recibe todos los créditos del bloque, y no puede volverse a matricular de ninguna asignatura del bloque.

Cuando un estudiante no supera el bloque entonces se dice que está Suspenso de Calificación. En este caso no se produce ninguna modificación ni de las calificaciones numéricas ni de las valoraciones del rendimiento. El estudiante deberá repetir una o más de las asignaturas del bloque para mejorar su situación para la siguiente evaluación curricular.

El estudiantado de la Fase Inicial está sujeto a una normativa de permanencia específica que se detalla en el apartado 4 del documento de normativa académica del grado (apartado normativas específicas FIB-GEI).

 

Aspectos particulares de la evaluación de la Fase Inicial

De acuerdo con la normativa de permanencia de la UPC, la Fase Inicial debe ser superada en el plazo máximo de cuatro cuatrimestres naturales a partir de la primera matrícula del estudiante que ingresa a la Facultad. En el caso de estudiantes de vía lenta, se les permite matricularse dos veces el número de créditos que forman parte de la Fase Inicial (es decir, pueden matricularse hasta 120 créditos).

La Comisión de Evaluación Curricular de la Fase Inicial no ha establecido unos criterios generales en relación a su labor de evaluación. Sin embargo, sí hay circunstancias que se han repetido a lo largo del tiempo:

  • Los estudiantes con una y sólo una asignatura suspendida con una nota igual o superior a 4 (y que tienen las otras siete asignaturas del bloque aprobadas) suelen superar el bloque curricular, si no se dan otras circunstancias.
  • Se considera de forma positiva de cara al resultado de la evaluación intentar superar todas las asignaturas suspendidas aunque tengan una nota igual o superior a 4.
     

Aspectos particulares de la evaluación de las Obligatorias Comunes

La Comisión de Evaluación Curricular del bloque de Obligatorias Comunes fuera de la Fase Inicial ha establecido unos criterios en relación a los estudiantes con asignaturas suspendidas con nota igual o superior a 4.
  • Se cerrará el bloque a aquellos estudiantes que tengan una, y sólo una, asignatura suspendida con una nota igual o superior a 4, siempre y cuando el resto de asignaturas estén aprobadas, la nota media del bloque curricular esté aprobada y no se den otros circunstancias negativas.
  • Se considerará la posibilidad de cerrar el bloque a aquellos estudiantes que tengan dos, y sólo dos, asignaturas suspendidas con una nota igual o superior a 4, siempre y cuando el resto de asignaturas estén aprobadas, la nota media del bloque curricular sea igual o superior a 5,75 y no se den otras circunstancias negativas. Los criterios a valorar individualmente de cara a la decisión final son:
    • El parámetro de rendimiento del cuatrimestre (se valorará positivamente que sea igual o superior a 0,75)
    • La nota media del cuatrimestre
    • La nota media de las asignaturas agrupadas por departamentos
    • La voluntad de haber intentado superar las asignaturas suspendidas con nota igual o superior a 4
    • El número de asignaturas aprobadas curricularmente en la Fase Inicial, ya que parece razonable que no haya más de 3 asignaturas superadas de este modo a lo largo de la carrera.
La Comisión de Evaluación Curricular es soberana en cuanto a la aplicación y/o modificación de estos criterios.
 

Aspectos particulares de la evaluación Final

La Comisión de Evaluación Curricular Final consideró que, tratándose de una evaluación con carácter global, la superación de la cual da paso a la obtención del título, no corresponde el establecimiento de criterios de carácter general. En particular quiere destacar que, contrariamente a lo que suele ser bastante común a las otras evaluaciones curriculares, no se aplicará de forma automática el criterio de dar por superado el bloque curricular aquellos estudiante que tengan una, y sólo una, asignatura suspendida con nota igual o superior a 4.

Los criterios que se tendrán en consideración a la hora de evaluar curricularmente de forma individualizada a cada estudiante que tenga una, y sólo una, asignatura suspendida con nota igual o superior a 4 (y que tengan las otras asignaturas del bloque aprobadas) son :

  • El número de asignaturas aprobadas curricularmente en los bloques anteriores: Parece razonable que el número total no sea superior a 3 (una por bloque). Se valorará positivamente que en el expediente del alumno no haya ninguna asignatura aprobada curricularmente.
  • La actitud del estudiante intentando superar las asignaturas en las que haya suspendido con una nota igual o superior a 4, especialmente cuando se trata de asignaturas obligatorias de la especialidad del estudiante.

La Comisión de Evaluación Curricular es soberana en cuanto a la aplicación y/o modificación de estos criterios.

Orden de Matrícula

El orden de matrícula sólo se calculará para los estudiantes y las estudiantes que hayan estado matriculados el último cuatrimestre; el resto deberá matricularse cuando todos estos lo hayan hecho, el último día. Para cualquier excepción habrá que ir a hablar con el jefe o jefa de estudios (grado) o el vicedecano o vicedecana de estudios de posgrado (másteres).

Para los estudiantes de la Fase Inicial, el cálculo del orden de matrícula no tendrá en cuenta el resultado de las reevaluaciones del cuatrimestre en curso.

Cálculo del orden de matrícula

Definiciones

CM: Número de créditos de las asignaturas calificadas los dos últimos cuatrimestres.
CA: Número de créditos de las asignaturas aprobadas los dos últimos cuatrimestres. Sólo se contabilizan como aprobados los créditos de asignaturas con calificación mayor o igual a 5,0.
NM: Nota media de las asignaturas cursadas los dos últimos cuatrimestres, ponderada por el número de créditos.

Para el cálculo de CM, CA y NM se tienen en cuenta las asignaturas del plan de estudios, las prácticas curriculares y el trabajo de fin de estudios.

En el caso de los estudiantes que sólo tengan cursado el último de los dos últimos cuatrimestres en la Facultad, el número de créditos aprobados y matriculados en su único cuatrimestre se multiplica por 2 a efectos del cálculo de CM, CA y NM.
 

Criterios para establecer el orden de matrícula

Los criterios para establecer el orden de matrícula son:

  1. Parámetro de rendimiento anual (CA / CM) con dos decimales.
  2. En el caso de empate según el criterio 1 se matricula primero el estudiante con un mayor valor de CA.
  3. En caso de empate según los criterios 1 y 2 se matricula primero el estudiante con valor mayor de NM.

Criterios para establecer el orden de matrícula (versión en catalán)

Si eres miembro de una comisión, consulta el apartado de más arriba, normativa específica de los estudios donde se especifica qué comisiones gozan de la bonificación.